En evento académico virtual, representantes de asociaciones civiles y de la judicatura local analizan características, factores e impacto de esta conducta delictiva
El evento académico virtual, desarrollado por la Unidad de Igualdad de Género, Derechos Humanos y Derechos Indígenas de la institución, contó con la presencia de más de 240 personas, entre ellas juezas, jueces, magistrados, magistradas, personal de áreas jurisdiccionales y administrativas, profesionistas y estudiantes de Derecho.
En representación de la judicatura local, el juez de oralidad penal de la región Morelia Mauricio Wilfrido Cruz Navarrete habló de la actuación de las y los juzgadores al momento de resolver una controversia sometida a su consideración que involucra la orientación o identidad sexual diversa de la víctima.
Explicó que los crímenes de odio se caracterizan por la presencia de prejuicios sociales como el mismo odio o la intolerancia por parte de las personas agresoras que atentan contra la dignidad y salud de quienes pertenecen a la diversidad sexual o a cualquier otro grupo vulnerado.
El juzgador michoacano enfatizó la necesidad de salvaguardar el debido proceso para garantizar la validez en sede judicial de los elementos y parámetros objetivos que previa, durante y después del delito, permitan establecer la comisión del mismo con el móvil de intolerancia en razón de género u orientación sexual o con las características correspondientes a este tipo de hecho delictivo.
Para concluir su intervención, Cruz Navarrete detalló que la discriminación restringe el acceso a los derechos civiles, laborales o de cualquier otra índole y que, con el actuar de las y los juzgadores, en el Poder Judicial de Michoacán se materializan esfuerzos para tener la capacitación adecuada sobre el tema y sancionar los crímenes de odio aplicando los instrumentos internacionales y marcos normativos vigentes que rigen la materia.
Durante su participación, Raúl Martínez Rojas, presidente del Colectivo Michoacán es Diversidad, A.C., expresó que asociaciones civiles y colectivos de la entidad trabajan junto a las instituciones involucradas para hacer efectivos los derechos humanos de la población LGBTTTIQ+, a fin de recabar la información necesaria que permita identificar las razones por las que un crimen se realiza en razón de la identidad u orientación sexual.
El activista detalló que las acciones conjuntas están encaminadas al reconocimiento de la categorización legal correspondiente y a concretar las modificaciones necesarias a los marcos normativos, para que quienes sean víctimas de crímenes cometidos en contra de la diversidad sexual, puedan acceder a la justicia bajo las consideraciones jurídicas que más privilegien sus derechos fundamentales.
Para finalizar la mesa, Alberto Hernández Ramírez, director general del Consejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia en Michoacán (COEPREDV), habló del concepto de crimen de odio, delito motivado por sesgo o prejuicio respecto a la víctima, relacionado con su orientación o género, que tiene por objeto causar daño.
Explicó que a este tipo de delito le precede un discurso de odio, rechazo a la orientación sexual diversa y agresiones con el fin de lesionar los derechos de las víctimas. Puntualizó que dicha conducta está tipificada por el Código Penal de Michoacán en su numeral 21 y aclaró que los crímenes de odio no son exclusivos de la orientación o identidad sexual, también se relacionan con las preferencias religiosas o al origen étnico de las personas.