El Instituto Electoral de Michoacán (IEM) llevó a cabo la jornada denominada “El Razonamiento Probatorio en Casos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género”.
En el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, Ignacio Hurtado Gómez, Presidente del IEM, señaló que este es un momento para reflexionar al respecto de este tipo de violencia y poner sobre la mesa los puntos de debate para llegar a nuevas ideas.

Destacó que de nada sirve que se hable del derecho a la vida libre de la mujer en su participación política si no se trabaja en la eficiencia de los mecanismos de protección, pero además se debe tener en cuenta el reto de la interpretación de las pruebas y la acreditación de las decisiones a través de la verdad de los hechos.
La perspectiva de género puede ser tomada por enfoques cómo metodología para la resolución de casos partiendo del origen como la diferencia entre hombres y mujeres, las mujeres afrodescendientes, pues el sistema patriarcal sigue buscando que las mujeres no participen en la política, sin embargo, la lucha ha permitido que los roles de género comiencen a caer, explicó Irma Rosa Lara Hernández, Secretaria de Estudio y Cuenta de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Durante su participación, la Secretaria resaltó los principios como el debido proceso, el derecho de audiencia y la defensa adecuada, pues todavía no hay diferenciación entre debate político y violencia política en razón de género, lo que permite que los casos sean más específicos.

Agregó que casos internacionales señalan que el caso de la víctima es preponderante al resolver los casos cuando se vincula con otros hechos; la violencia política en razón de género tiene distintas conductas como no dar la voz o el voto a las mujeres para menoscabar sus derechos de participación política, amenazas para que una mujer no tome el cargo, o que una mujer por medio de estereotipos se menoscaba sus derechos de participación política.
Es por ello que la Secretaria remarcó la necesidad de identificar los tipos de violencia para identificar las herramientas para su resolución.
Alma Rosa Baena Villalobos, Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, comentó que hay hechos en los que se requiere la visión interdisciplinaria para la acreditación de elementos y la sensibilización de las conductas denominadas como micromachismos, ya que están muy arraigados en la cultura de nuestro país.

Subrayó que hay casos en que las resoluciones llegan incluso a los servicios de redes sociales como Facebook, pues por parte de los denunciados no siempre hay voluntad de participar con las autoridades.
Añadió que la violencia política en razón de género no solo afecta a la propia víctima sino que permea en otras mujeres al preferir no exponerse a ser vulneradas o cosificadas.
María de Jesús García Ramírez, Académica, investigadora y ex Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, resaltó que elementos como el razonamiento probatorio es una conquista derivada de la lucha de las mujeres desde la reforma al artículo 94 en 1953 dónde se reconoce expresamente que las mujeres eran ciudadanos, aunque no estaban excluidas, su redacción podía ser excluyente en el derecho.

Recordó que fue en 2014 cuando por rango constitucional se logra el principio de paridad, aunque trajo consigo la violencia política en razón de género, sin embargo, dijo, es gracias a las sentencias que se han logrado conquistas en razón de género.
García Ramírez destacó que el problema actualmente es el cómo probar los casos de violencia en contra de las mujeres por razón de género; el razonamiento probatorio, dijo, tiene una función epistemica al buscar una verdad justa a través de los hechos relevantes que define la Ley General Para el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia o la Ley General de Delitos Electorales.




















